BNDES, el Banco del Desarrollo  

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Financiaciones de valor superior a R$ 10 millones (*) para la realización de proyectos de Inversiones, pretendiendo la implantación, expansión de la capacidad productiva y modernización de empresas, incluida la adquisición de máquinas y equipos nuevos, de fabricación nacional, acreditados por el BNDES, así como la importación de maquinarias nuevas, sin similar nacional y capital de giro asociado, operados directamente con el BNDES o por medio de las instituciones financieras acreditadas.

(*) Excepcionalmente, el valor mínimo de la operación podrá variar, a discreción del BNDES, conforme las siguientes áreas de actuación:

Áreas de actuación  Valor Mínimo
Edición de libros R$ 1 millón
Turismo R$ 3 millones
Proyectos en el marco del Programa de Dinamización Regional - PDR R$ 1 millón
Importación de máquinas y equipos nuevos, sin similar nacional, exclusivamente a empresas del sector industrial (secciones B y C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas - CNAE 2.0) R$ 1 millón
Innovación R$ 1 millón
Modernización de la administración Tributaria y de Gestión de los sectores Sociales Básicos - PMAT R$ 6 millones
Modernización de la administración de los Ingresos y de la Gestión Fiscal, Financiera y Patrimonial de las Administraciones Estatales - PMAE R$ 1 millón
Proyectos con recursos del FMM Cualquier valor siempre que aprobado por la CDFMM
Conjunto de empresas o cooperativas que actúen en Sistemas Productivos Locales Cualquier valor
Inversiones Sociales de Empresas Cualquier valor
Proyectos de Eficiencia Energética - PROESCO Cualquier valor



Tasa de Intereses

Para apoyo directo: Costo Financiero + Remuneración del BNDES + Tasa de riesgo de crédito

Para apoyo indirecto: Costo Financiero + Remuneración del BNDES + Tasa de intermediación financiera + Remuneración de la Institución Financiera Habilitada


Costo Financiero

La composición del costo financiero incluye uno o más de los siguientes índices:

Tasa de Intereses de Largo Plazo - TJLP;
Encargos de la Canasta de Monedas más la variación del dólar estadounidense o la variación de la UMBNDES;
Índice Nacional de Precios al Consumidor Amplio [IPCA], más los encargos. 

Vea: Condiciones financieras aplicables de acuerdo con las líneas de financiamiento


1. Incidirá la variación de la UMBNDES incrementada por los encargos de la Canasta de Monedas, o la variación del Dólar Estadounidense incrementada por los encargos de la Canasta de Monedas o IPCA más encargos, en el porcentaje indicativo en las condiciones financieras aplicables de acuerdo con las líneas de financiación del BNDES, en las operaciones con empresas brasileñas de gran porte bajo control de capital nacional con capacidad de generación de divisas. 

2. Para empresas brasileñas bajo control de capital extranjero no contempladas por el Decreto nº 2233, de 23/05/1997, y alteraciones posteriores, el Costo Financiero será del 100% en Canasta de Monedas.


Remuneración de BNDES (Operaciones Directa y Indirecta)

Es definida de acuerdo con las líneas de financiamiento para la actuación del BNDES: de hasta 3,0% al año.

Vea: Condiciones financieras aplicables de acuerdo con las líneas de financiamiento

Inversiones en sectores contemplados por el Programa de Dinamización Regional [PDR] tienen reducción de 1 punto porcentual en la remuneración del BNDES, observada la remuneración mínima de 1% al año, exceptuando los casos de operaciones en las líneas de financiamiento que tengan remuneración básica inferior.

En el caso de adopción de encargos financieros de 20% o más en IPCA más encargos, se aplicará una reducción de 1 punto porcentual a la remuneración básica del BNDES. Para la adopción de 10% en Canasta de Monedas se aplicará la Remuneración del BNDES fija de 1,5% al año. Siendo que para cada 10 puntos porcentuales adicionales de Canasta de Monedas habrá una reducción adicional de 0,5 puntos porcentuales. Excepto en los casos de operaciones en las líneas de financiación que tengan remuneración básica inferior. 

En las operaciones encuadradas en Programas Regionales, los subcréditos en Canasta de Monedas y en IPCA más encargos, tendrán una Remuneración del BNDES fija de 0,5% al año, con excepción de los casos de operaciones en las líneas de financiación que tengan remuneración básica inferior. 


Tasa de riesgo de crédito

Del 0,46% a.a. hasta el 3,57% a.a. (conforme el riesgo del beneficiario). 


Remuneración de la Institución Financiera Habilitada

Negociada entre la institución financiera habilitada y el cliente; en las operaciones garantizadas por el Fondo de Garantía para Promoción de la Competitividad [FGPC] (Fondo de Aval) hasta 4% a.a.


Tasa de intermediación financiera

El 0,8% a.a . 
Obs.: Las operaciones con micro, pequeñas y medias empresas estarán exentas de la tasa de intermediación financiera. 


Otras Cargas

El Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social [BNDES] cobra recargos y comisiones financieras específicas a las características de sus operaciones, tales como comisión de estudios y de estructuración, que deberán ser integralmente pagadas en la presentación del proyecto o descontadas de la primera liberación de recursos.

Vea: Forma de aplicación de los recargos y de las comisiones financieras incidentes sobre las operaciones del BNDES.



Nivel de Participación

Los niveles máximos de participación son indicativos e inciden sobre el valor total de la inversión financiable.

Vea: Condiciones financieras aplicables de acuerdo con las líneas de financiamiento

Las inversiones financiables realizadas desde el sexto mes anterior a la presentación de la consulta previa al BNDES o de la solicitación de financiamiento a la Institución Financiera sólo podrán ser consideradas para efecto de contrapartida. En el caso de microempresas, ese período considerará hasta el 12º mes anterior a la consulta previa al BNDES o de la solicitación de financiamiento a la Institución Financiera.


Capital de giro asociado

La parte de capital de giro asociado será calculada en función de las necesidades específicas del emprendimiento.



Plazos

Determinado en función de la capacidad de pago del emprendimiento, de la empresa o del grupo económico.

Vea las condiciones especiales aplicables al sector de energía eléctrica.


Garantías

Operaciones de apoyo directo: definidas en el análisis de la operación.

Operaciones indirectas: negociadas entre las instituciones financieras habilitadas y el cliente.

En ambos casos, para la utilización del FGPC, consulte sus condiciones específicas.

Vea: Garantías



Encaminamiento

Las solicitaciones de apoyo son encaminadas al BNDES por medio de Carta Consulta - rellenada según las orientaciones del Plan de Informaciones para Consulta Previa - FINEM - enviada por la empresa interesada o por intermedio da institución financiera habilitada de su preferencia, al:

Banco Nacional de Desenvolvimento Econômico e Social - BNDES
Área de Planejamento-AP
Departamento de Prioridades-DEPRI
Av. República do Chile, 100 - Protocolo - Térreo
20031-917 - Rio de Janeiro, RJ

Caso la solicitación sea de la Administración Pública Directa, utilizar el Plan de informaciones para Encuadramiento - Administración Pública Directa, y remitir a la misma dirección arriba. 



Vea

Formas de Apoyo

Emprendimientos y proyectos financiables, ítems financiables y no pasibles de apoyo

Flujo y plazos para la tramitación de operaciones




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