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Las consultas previas es el primer paso de los empresarios para obtener financiamiento junto al BNDES. En la consulta previa son especificadas las características básicas de la empresa y del emprendimiento, necesarias al encuadramiento de la operación en las Políticas Operacionales del BNDES. Los pedidos de financiamiento, desde la entrada del pedido hasta la contratación para la liberación de los recursos, poseen plazos máximos de tramitación.

Carta Consulta
Las solicitaciones de apoyo, en las formas directa, indirecta no automática y mixta, son encaminadas al BNDES por medio de consulta previa - rellenada según las orientaciones del
Plan de Informaciones para
Consulta Previa - enviada por la empresa interesada o por intermedio de
institución financiera
habilitada.
El Departamento de Prioridades - DEPRI, del Área de Planificación, es responsable por recibir la solicitación de apoyo, registrar su entrada y verificar la adecuación del pedido a las prioridades establecidas a partir de las directrices aprobadas por el Directorio del Banco, consubstanciadas en las Políticas Operacionales. Copias de las consultas previas son encaminadas al Área de Crédito y al Área Operacional responsable por el sector económico de que trata el proyecto (Industrial, de Insumo Básicos, de Infraestructura, de Comercio Exterior y de Inclusión Social).
Perspectiva
Cuando hay registro en el BNDES de una operación que no posee las informaciones necesarias para el análisis de Encuadramiento, aquellas contenidas en el
Plan de Informaciones para
Consulta Previa, esta operación es catastrada en el nivel Perspectiva. El archivo de estas operaciones es caracterizado como "carta de intención", no siendo considerado una "Consulta Previa".
En el caso de que la empresa no presente las informaciones faltantes en el plazo establecido, el pedido de recursos será cancelado en el BNDES, no impidiendo, con esto, que la empresa haga una nueva solicitación posteriormente.
Encuadramiento
En esta fase es realizada una preevaluación de la capacidad y de aporte de contrapartida de recursos propios y de la empresa para ejecutar el proyecto. Esto incluye, su capacitación gerencial, su inserción en el mercado y la atención a las normas ambientales, la clasificación de riesgo de crédito de la empresa o del Grupo Económico, su clasificación catastral, entre otros aspectos. En esta etapa, participan las Áreas de Planificación, Crédito y Operacionales.
El Área de Crédito define la clasificación de riesgo de la empresa o del Grupo Económico, con base en el análisis de los Estados Contables y de otras informaciones financieras encaminadas por la empresa y la somete a la apreciación del Comité de Encuadramiento y Crédito
El Departamento de Prioridades - DEPRI, en conjunto con las Áreas Operacionales y de pose de la clasificación de riesgo de la empresa o Grupo Económico, elabora la Instrucción de Encuadramiento, con la recomendación de apoyo o no, para presentación al Comité de Encuadramiento y Crédito.
El Comité de Encuadramiento y Crédito aprecia los pedidos constantes de las instrucciones de encuadramiento, ratificando o no la recomendación del Departamento de Prioridades - DEPRI, así como las clasificaciones de riesgo definidas por el Área de Crédito. Enseguida, somete los límites de crédito propuestos a la aprobación del Directorio, que los examina en la pauta de sus reuniones semanales.
Son expedidas correspondencias informando la decisión del Comité de Encuadramiento y Crédito al cliente. En el caso de operación indirecta, la comunicación es dirigida a la institución financiera que encamino la consulta, y también a su cliente. En el caso de aprobación, la Carta de Encuadramiento indica el Departamento Operacional del BNDES que será responsable por el análisis y estructuración de la operación.
El Departamento de Prioridades - DEPRI tiene el plazo de hasta 30 días, a partir de la fecha del protocolo de la solicitación de la colaboración financiera, para encaminar sus recomendaciones al Comité de Encuadramiento y Crédito. Ese plazo es considerado a partir del recibimiento de las informaciones completas, conforme orientaciones contenidas en el Plan de Informaciones para Encuadramiento. El mismo plazo debe ser observado para los casos de operaciones
indirectas.
Presentación del Proyecto
En la modalidad directa, donde la operación es entre el cliente y BNDES, después de recibir la carta informando sobre el encuadramiento, la empresa entra en contacto con el Departamento Operativo indicado. Prepara las informaciones y la documentación bajo la orientación de la Dirección del Departamento y según el
Plan de Informaciones para Presentación del Proyecto, encaminándolas al Banco.
La empresa debe presentar el proyecto, así como la documentación necesaria para el análisis de la operación en el plazo de hasta 60 días, contado a partir de la fecha de la comunicación del encuadramiento, prorrogable una o más veces, a criterio de BNDES. En el caso de una operación indirecta, la institución financiera habilitada debe presentar el proyecto en ese mismo plazo.
Análisis del Proyecto
En el plazo de hasta 60 días, contado a partir del ingreso del proyecto a BNDES, prorrogable una o más veces, a criterio de BNDES, se elabora el análisis del proyecto. Los plazos de Presentación y de Análisis del Proyecto, computándose las eventuales prorrogaciones, sumados, deberán observar el límite de 210 días, contados a partir de la fecha de comunicación del encuadramiento de la operación al cliente.
Concluida esta etapa, el Informe de Análisis del Proyecto se envía para apreciación del Director del Área Operativa, que lo somete a la decisión del Directorio del Banco en reuniones que ocurren semanalmente. En el caso de una operación que haya encaminado una institución financiera habilitada, el Área Operativa procesará un reanálisis de la operación y, enseguida, la someterá, como en las operaciones directas, a la decisión del colegiado de directores.
Si el Directorio del Banco aprueba la operación, se comunican por carta a la empresa o, si es el caso, a la institución financiera habilitada, las exigencias para la contratación de la operación.
Contratación
Habiéndose recibido la documentación necesaria y habiéndose atendido todas las condiciones aprobadas, se elabora el instrumento contractual, que, firmado por las partes, se lleva a los registros competentes.
La contratación de la operación se debe hacer en el plazo de hasta 60 días, contado a partir de la fecha de la comunicación de la decisión aprobatoria, prorrogable por hasta 120 días, a criterio de BNDES. En el caso de una operación indirecta, la institución financiera habilitada deberá firmar el instrumento contractual en ese mismo plazo. Tras el plazo de 180 días, sin que haya ocurrido la contratación, la operación se deberá cancelar.
Tras el plazo inicial de 60 días, sin que haya ocurrido la contratación de la operación, incidirá sobre la misma Cargas por Reserva de Crédito. En el caso de la administración pública directa e indirecta, el plazo se contará a partir de la fecha de la autorización de la Secretaría del Tesoro Nacional [STN].
Desembolsos
Efectuados los registros y atendidas las condiciones previas al desembolso de los recursos, será realizada la primera liberación de recursos conforme lo dispuesto en el contrato. No ocurrirá la liberación de la etapa siguiente si la anterior no fue concluida y comprobada. Concluida la implantación física, es elaborado el Informe de Conclusión del Proyecto y a partir de allí, es realizado el acompañamiento de las amortizaciones del financiamiento. Durante todo el plazo de vigencia del contrato de financiamiento es realizado el acompañamiento de la situación económico-financiera de la empresa y del Grupo Económico.
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