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Garantías FINAME y FINAME Agrícola
Sobre los bienes objeto del financiamiento deberá, necesariamente, ser constituida la propiedad fiduciaria, que será mantenida hasta la final liquidación del contrato, no admitiéndose la substitución de los bienes integrantes de la garantía por cualquier otro, excepto en los casos de sinistro o problemas de desempeño en el período de garantía, los cuales deben ser comprobados al BNDES.
El financiamiento a la producción de máquinas y equipamientos y al fabricante para la comercialización será exigido, como mínimo, aval o fianza.
No será admitida como garantía la constitución de prenda de aplicación financiera.
En el apoyo al segmento de medias empresas exportadoras y micro y pequeñas empresas, podrá utilizarse el
Fondo de Garantía para la Promoción de la Competitividad -
FGPC.
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