BNDES, el Banco del Desarrollo  

ok

Inicio Hable Con Nosotros Dudas Oidoría Mapa del Portal English Português








Agropecuaria
Comercio y Servicios
Estructura Productiva
Exportaciones
Infraestructura
Innovación
Medio Ambiente
Mercado de Capitales
Micro, pequeñas y medianas empresas
Social
Operaciones con recursos del FMM para las Embarcaciones Industriales Pesqueras
Objetivo

Construcción, adquisición y modernización de embarcaciones pesqueras.

Conforme condiciones de apoyo a las operaciones con recursos del FMM para las embarcaciones industriales pesqueras, establecidas por el Decreto nº 5.474/05, de 22.06.2005 (Reglamenta la Ley no 10.849, de 23 de marzo de 2004, que crea el Programa de Financiamiento de Ampliación y Modernización de la Flota Pesquera Nacional [Profrota Pesqueira], instituye el Grupo Gestor del Profrota Pesqueira y da otras providencias) y por la Resolución CMN nº 3.293, de 28.06.2005.


Clientes

Para la conceptuación y determinación del porte de las empresas industriales pesqueras deberá ser utilizada la definición constante del Art. 1º del Decreto 5.474/05 de 22.06.2005. Se consideran empresas pesqueras industriales, definiéndolas como personas jurídicas, las personas físicas equipara a la persona jurídica y las cooperativas que se dediquen a la actividad pesquera, clasificada por porte, según a seguir:

Microempresa: aquella con ingreso bruto anual de hasta R$ 433.755,14;

Pequeña Empresa: aquella con ingreso bruto anual arriba de R$ 433.755,14 hasta R$ 2.133.222,00;

Media Empresa: aquella con ingreso bruto anual arriba de R$ 2.133.222,00 hasta R$ 8.000.000,00;

Grande Empresa: aquella con ingreso bruto anual arriba de R$ 8.000.000,00;

Cooperativas y asociaciones de miniproductores: aquellas con por lo menos setenta por ciento del cuadro social activo constituido de miniproductores;

Cooperativas y asociaciones de pequeños productores: aquellas que, no siendo cooperativas o asociaciones de miniproductores, tengan su cuadro social activo constituido con por lo menos setenta por ciento de mini y pequeños productores;

Cooperativas y asociaciones de medios productores: aquellas que, no siendo cooperativas o asociaciones de mini o pequeños productores, tengan su cuadro social activo constituido con por lo menos setenta por ciento de mini, pequeños y medios productores; e

Cooperativas y asociaciones de grandes productores: aquellas que, no siendo cooperativas o asociaciones de mini, pequeños o medios productores, tengan en su cuadro social activo la participación de grandes productores.


Tasa de Intereses

Tasa de intereses fija de 12% al año para empresas de gran porte; de 10% al año para empresas de medio porte; y de 7% al año para micro y pequeñas empresas. Para efecto de aplicación de la tasa de intereses deberá ser observada la siguiente regla:

Las cooperativas y asociaciones de mini y pequeños productores, se equiparan a las empresas de micro y pequeño porte;

Las cooperativas y asociaciones de medios productores se equiparan a las empresas de medio porte;

Las cooperativas y asociaciones de grandes productores se equiparan a las empresas de gran porte.


Plazos, Nivel de Participación y Tasa de Intereses

  Finalidad Plazo de Carencia Plazo de Amortización Participación Máxima Tasas de intereses (% a.a.)
Empresas pesqueras industriales en el apoyo financiero a la construcción y al simultáneo equipaje de embarcaciones.  Hasta 3 años, incluido el plazo de construcción. Hasta 18 años, incluido el plazo de carencia, en cuotas anuales, iguales y sucesivas, que será definido de acuerdo con la capacidad de pago del beneficiario. Hasta 90% de los ítems financiables del proyecto aprobado. Gran Porte: 12% a.a.;

Medio Porte:10% a.a; e

 Micro y Pequeño: 7% a.a.
Empresas pesqueras industriales en el apoyo financiero a la adquisición de embarcaciones, construida como máximo a cinco años, destinadas a la ampliación de la flota pesquera oceánica.  2 años Hasta 14 años, incluido o plazo de carencia, en cuotas anuales, iguales y sucesivas, que será definido de acuerdo con la capacidad de pago del beneficiario. Hasta 50% del valor del barco. Gran Porte: 12% a.a.;

Medio Porte:10% a.a; e

Micro y Pequeño:: 7%a.a.
Empresas pesqueras industriales en el apoyo financiero a la modernización de embarcaciones, comprendiendo la conversión, adaptación (reparaciones o jumborización*) y equipaje (adquisición de equipamientos o pertrechos de pesca). Hasta 3 años, incluido o plazo de construcción. Hasta 10 años, incluido el plazo de carencia, en cuotas anuales, iguales y sucesivas, para la conversión y adaptación de embarcaciones para fines de jumborización y conversión, de acuerdo con la capacidad de pago del beneficiario.  Hasta 90% de los ítems financiables del proyecto aprobado. Gran Porte: 12% a.a.
Hasta 2 años, incluido el plazo de la obra. Hasta 5 años, incluido el plazo de carencia, en cuotas anuales, iguales y sucesivas, para la adaptación de embarcaciones para fines de reparación, de acuerdo con la capacidad de pago del beneficiario. Medio Porte:10% a.a.
Hasta 2 años, incluido el plazo de equipaje. Hasta 5 años, incluido el plazo de carencia, en cuotas anuales, iguales y sucesivas, para equipaje de embarcaciones, comprendiendo la adquisición e instalación de equipamientos o pertrechos de pesca, de acuerdo con la capacidad de pago del beneficiario. Micro e Pequeño: 7% a.a.
* Jumborización es el aumento de la capacidad de carga. 

Encaminamiento

Los proyectos de construcción, adquisición y modernización de embarcaciones pesqueras deberán ser encaminados, primeramente, a la Secretaria Especial de Acuicultura y Pesca de la Presidencia de la República, para análisis del mérito, habilitación y homologación. Después de los procedimientos pertinentes en el ámbito de la Secretaria Especial de Acuicultura y Pesca de la Presidencia de la República, tratándose de financiamiento con recursos del FMM, los proyectos deberán ser encaminados al Consejo Director del Fondo de la Marina Mercante [CDFMM], para análisis y aprobación.

Comisión Directora del Fondo de la Marina Mercante [CDFMM]:
Av. Rio Branco, 103/7º y 8º piso
20040-004 - Rio de Janeiro - RJ
Tel.: (21) 2505-8406 o 2505-8408

Caso el CDFMM conceda prioridad al proyecto, encamina oficios a la empresa y al BNDES comunicando esta decisión. A partir de esa comunicación, presente al BNDES la solicitación de apoyo por medio de Carta Consulta, rellenada según las orientaciones del Plan de Informaciones para Consulta Previa, encaminándola al: 
Banco Nacional do Desenvolvimento Econômico e Social [BNDES]
Área de Planejamento [AP]
Departamento de Prioridades [DEPRI]
Av. República do Chile, 100 - Protocolo - Térreo
20031-917 - Rio de Janeiro/RJ.


Vea

Financiación a la Marina Mercante y a la Construcción Naval

FINEM




El BNDES
| Clientes | Apoyo Financiero | Programas
Instituciones Financieras Habilitadas | Estudios y Publicaciones | BNDES Cultura | Tarjeta BNDES
Hable con Nosotros | Dudas | Oidoría | Mapa | English | Português
Estructura Productiva | Infraestructura | Exportaciones | Social | Innovación | Medio Ambiente
Mercado de Capitales | Comercio y Servicios | Agropecuaria | Micro, Pequeñas y Medianas Empresas