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» Objetivos

Apoyar el desarrollo de la agricultura irrigada, sustentable económica y ambientalmente, de forma que minimice el riesgo en la producción y aumentar la oferta de alimentos para los mercados internos y externos; y 
Ampliar la capacidad de almacenaje de las propiedades rurales. 

Las operaciones serán realizadas a través de las instituciones financieras habilitadas


» Clientes

Productores rurales (personas físicas o jurídicas) y sus cooperativas. 


» Ítems Financiables

Inversiones fijas y semifijas relacionadas con todos los ítems inherentes a los sistemas de irrigación y de almacenaje, de forma conjunta o separada.

El emprendimiento apoyado deberá estar localizado en la propiedad rural del cliente, admitiéndose que, cuando se trate de crédito colectivo, la unidad de almacenaje sea edificada en local de la zona rural lo más próximo posible del área de producción de los tomadores de crédito.

En el caso de financiamiento individual, la localización de almacenaje inicial o intermediario podrá estar en inmueble distinto de aquel donde se realiza la producción rural.


» Tasa de Intereses

El 6,75% al año, incluida la remuneración de la institución financiera habilitada, del 3% al año.


» Nivel de Participación

Hasta el 100%.


» Límite del financiamiento

Hasta R$1 millón por cliente, para emprendimiento individual, y hasta R$3 millones, para emprendimiento colectivo, respetado el límite individual por participante, para inversiones fijas y semifijas.

Se admite la concesión de más de un financiamiento para el mismo cliente, en el período del 01.07.2007 a 30.06.2008, cuando la actividad asistida requiera y quede comprobada la capacidad de pago; y la sumatoria de los valores concedidos no sobrepase el límite de crédito para el Programa.


» Plazo Total

Hasta 96 meses, incluido el período de gracia de hasta 36 meses.

La periodicidad de pago del principal podrá ser semestral o anual. La fecha de la primera amortización y la periodicidad del pago del principal se definirán de acuerdo al flujo de recibimiento de recursos de la propiedad beneficiada.

Durante el período de gracia, no habrá pagos de intereses, que serán capitalizados en la misma periodicidad que se acuerde para el pago del principal. Durante la fase de amortización, los intereses se pagarán junto con el principal.


» Garantías

En el financiamiento de máquinas y equipamientos separados, sobre los bienes objeto del financiamiento deberán ser constituidos la propiedad fiduciaria o la garantía, que serán mantenidos hasta el final de la liquidación del contrato. Los bienes constitutivos de la garantía deberán ser asegurados en favor y como interés de la institución financiera habilitada, hasta el final de la liquidación de las obligaciones de la misma.

En el financiamiento de proyectos las garantías quedarán a criterio de la institución financiera habilitada, observadas las normas pertinentes del Banco Central do Brasil.

No será admitida como garantía la constitución de garantía de derechos de créditos resultantes de inversión financiera.

Vea: Garantías

A criterio de la institución financiera habilitada, observadas las normas pertinentes del Banco Central de Brasil.

No se admitirá como garantía la constitución de empeño de derechos creditorios que deriven de aplicación financiera.

En el caso de financiamiento para la compra de máquinas y equipamientos, sobre los bienes deberán ser constituidos la propiedad fiduciaria o la prenda, que serán mantenidos hasta la final liquidación del contrato.


» Plazo de Vigencia

Hasta 30/06/2008, respetados los limites presupuestarios.

Obs.: Programa con plazo de vigencia expirado. Su continuidad, con eventuales alteraciones, está siendo estudiada por 
el BNDES.



» Encaminamiento

El interesado se deberá dirigir a la institución financiera habilitada de su preferencia, que le informará cuál es la documentación necesaria, analizará la posibilidad de concesión del crédito y negociará las garantías. Tras la aprobación por parte de la institución, la operación se encaminará para homologación y posterior liberación de los recursos por BNDES.


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