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Operaciones realizadas con la industria de
transformación: hasta 120 meses;
A excepción de los siguientes ítems: equipos de
informática; equipos de automación bancaria; bienes
muebles y respectivos accesorios; expositores; ómnibus,
chasis y carrocerías para autobús; camiones,
tractocamiones, cabinas, remolques, semiremolques,
chasis y carrocerías para camiones, ahí incluidos
semiremolques tipo dolly y afines; furgones blindados;
equipos especiales adaptables a chasis, tales como
plataformas, grúas, hormigoneras, compactadores de
basura y tanques; máquinas agrícolas; tractores
agrícolas e implementos asociados; cosechadoras;
pulverizadores autopropulsados; plantadoras; sembradoras;
equipos para preparo, secado y beneficiamiento agrícola;
y máquinas y tractores viales.
Locomotoras e vagones ferroviarios de carga: hasta 120
meses, incluida carencia de hasta 24 meses para
locomotoras y de hasta 6 meses para vagones;
Operaciones de transportadores autónomos de carga: hasta
72 meses;
Carrocerías de vehículos para colecta de basura: hasta
36 meses;
Vehículos sobre neumáticos para transporte de pasajeros:
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Tipo de Vehículo - Ómnibus de Pasajeros |
Plazos (meses) |
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Carencia |
Amortización |
Total |
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SISTEMAS INTEGRADOS O RACIONALIZADOS (a) |
| convencional y
micro con peldaños |
12 |
60 |
72 |
| motor trasero no
padrón (b) y micro, con accesibilidad (c) |
12 |
72 |
84 |
| padrón y
articulado con peldaños |
12 |
84 |
96 |
| padrón y
articulado piso bajo, biarticulado (d) y
eléctricos |
12 |
96 |
108 |
| SISTEMAS NO
INTEGRADOS O NO RACIONALIZADOS y TRANSPORTE
CARRETERO |
12 |
60 |
72 |
Observaciones:
(a): condiciones válidas para sistemas integrados
o para la parte del servicio de transporte urbano
racionalizada según Plan Director de Transportes.
(b): suspensión no neumática, puertas con anchura
inferior a 1,10m, puerta delantera fuera del balance
delantero.
(c): vehículos que atiendan a los preceptos del
Decreto 5.296, del 02.12.2004.
(d): biarticulados piso bajo o con escalones.
Operaciones de Competencia Internacional: hasta 144
meses;
Operaciones de Importación: hasta 60 meses (*);
Operaciones en la modalidad Financiamiento a la
Producción de Máquinas y Equipos: independientemente de
la Línea de Financiamiento, el plazo total máximo de
cada operación se deberá establecer de acuerdo con el
cronograma de fabricación definido en el contrato
celebrado entre el Fabricante y el Comprador, añadido de
30 (treinta) días, y limitado a 18 (dieciocho) meses. El
plazo de carencia de cada operación, incluido en el
plazo total, deberá ser de hasta 15 meses.
Las operaciones que necesiten plazo superior a 60 meses
o a los establecidos en las excepciones, se deberán
enmarcar mediante Consulta Previa.
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