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Programa de Capitalización de Cooperativas de Crédito - PROCAPCRED


» Objetivo

Promover el fortalecimiento de la estructura patrimonial de las cooperativas de crédito, por medio de la concesión de financiamientos directamente a los cooperados.


» Clientes

Cooperados personas físicas dedicadas a actividades productivas de carácter autónomo, tales como productores rurales, pescadores, empresarios, prestadores de servicios autónomos y microemprendedores; y
 
Cooperados personas jurídicas dedicadas a actividades de producción rural, pesquera o industrial, comercio o servicios.


» Ítems Financiables

Adquisición de cuotas / partes de cooperativas singulares de crédito con más de 1 año de actividad.

Observaciones:

La contratación del financiamiento debe ser realizado directamente con el cooperado, debiendo los recursos ser inmediatamente transferidos a la cooperativa emisora de las cuotas partes financiadas, que procederá al registro del respectivo reembolso en nombre del cooperado;

Las cuotas partes adquiridas deben permanecer integradas al capital de la cooperativa emisora hasta la quitanza de la respectiva operación de crédito;

Los recursos recibidos por la cooperativa pueden ser utilizados libremente, respetada la reglamentación específica del sector, excepto en el caso de la realización de gastos, los cuales deben limitarse a los programas de capacitación del cuadro directivo y funcional y a la implantación y mejoramiento de sistemas operacionales, administrativos y de control.



» Tasa de Intereses

Costo Financiero + Remuneración del BNDES + Remuneración de la Institución Financiera Habilitada.

Costo Financiero: Tasa de Intereses de Largo Plazo [TJLP];

Remuneración del BNDES: 1% al año;

Remuneración de la Institución Financiera Habilitada: hasta 3% al año.


» Nivel de participación

Hasta 100% (cien por ciento) del valor de la adquisición de cuotas partes, observados los siguientes límites:

Por Cliente: hasta R$ 10.000,00 (diez mil reais),
independientemente de créditos obtenidos en otros programas oficiales;

Por Cooperativa Singular: la suma de los valores básicos de cada cooperativa, relativos a los saldos de los financiamientos “siendo” concedidos a los respectivos asociados, no debe exceder a 100% (cien por ciento) del Patrimonio de Referencia (PR) de la cooperativa.


» Plazos

El plazo total de la operación deberá ser de hasta 72 (setenta y dos) meses, incluidos hasta 12 (doce) meses de carencia.


» Garantías

A criterio del Agente Financiero, observadas las normas pertinentes del Banco Central do Brasil.

No será admitida como garantía la constitución de hipoteca de derechos relativos al créditos resultantes de inversión financiera.


» Condiciones Especiales

La concesión de financiamiento está sujeta a la aprobación, por la institución financiera habilitada, de proyecto que será presentado por la cooperativa emisora de las cuotas partes, definiendo los objetivos del plan de capitalización y demostrando la viabilidad económica financiera de la cooperativa. Este proyecto debe abarcar un horizonte mínimo de tres años y detallar por lo menos los siguientes puntos:

Previsión del volumen de recursos demandados del PROCAPCRED, proyección de la nueva estructura patrimonial de la cooperativa y evolución del cuadro de asociados y de atención en la respectiva área de actuación;

Proyecciones económica financieras conteniendo la destinación de los recursos reembolsados con el plan de capitalización, sus efectos a niveles operacionales, en los resultados y en los demás beneficios resultantes para los asociados;

Medidas destinadas a elevar el nivel de capacitación técnica de dirigentes, gerentes y funcionarios de la cooperativa y la calidad de los patrones administrativos y del sistema de controles internos;

Término de compromiso asumido por cooperativa central de crédito, u otra entidad aceptada por el Agente Financiero, de que las medidas integrantes del proyecto serán acompañadas en su implementación y relatadas anualmente para fines de comprobación junto al referido Agente, pretendiendo la continuidad de la liberación de nuevos créditos o cuotas.


» Vigencia

Hasta 30.06.2008, observado el límite presupuestario establecido para el Programa.

AVISO: Queda suspendida, a partir del día 09/01/2008, la contratación de operaciones de financiación al amparo del Programa de Capitalización de Cooperativas de Crédito [PROCAPCRED], teniendo en vista el comprometimiento del límite presupuestario del Programa.

Obs.: Programa con plazo de vigencia expirado. Su continuidad, con eventuales alteraciones, está siendo estudiada por 
el BNDES.



» Encaminamiento

El interesado debe dirigirse a la institución financiera habilitada de su preferencia que le informará cual es la documentación necesaria, analizará la posibilidad de concesión del crédito y negociará las garantías. Después de la aprobación por la institución, la operación será encaminada para homologación y posterior liberación de los recursos por el BNDES.





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