BNDES - El Banco de desarrollo de Brazil




El BNDES y la Convención sobre el Combate a la Corrupción de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales

Uno de los principales objetivos del BNDES es apoyar la comercialización de bienes y servicios de alto valor agregado producidos y exportados de Brasil.

Los bienes y servicios brasileños son objeto de negociaciones internacionales entre empresas exportadoras brasileñas e importadores ubicados en diversos países. De entre los importadores de bienes y servicios brasileños, están varios gobiernos extranjeros.

Los gobiernos extranjeros celebran contratos comerciales con empresas exportadoras brasileñas para adquirir bienes y servicios brasileños, cabiendo al BNDES financiar la exportación de esos bienes y servicios.

La financiación se formaliza, generalmente, con la celebración de contratos de financiación entre el BNDES y los gobiernos extranjeros adquirentes de bienes y servicios brasileños, con intervencionismo de los exportadores. Los desembolsos son realizados en reales, en Brasil, en la cuenta de la empresa exportadora, por cuenta y orden de los gobiernos extranjeros, que asumen la deuda ante el BNDES.

Desde el adviento de la Convención sobre el Combate a la Corrupción de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, celebrada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), el BNDES viene intensificando medidas internas de combate a la corrupción de funcionarios públicos extranjeros.

En cumplimiento a la Convención, el BNDES implementó las medidas descritas a continuación:

Declaraciones de Compromiso

Declaración del Exportador

La concesión de apoyo por el BNDES a la exportación en los productos Pre y Post-Embarque es condicionada a la firma de la Declaración de Compromiso del Exportador, en atención a la Resolución nº 62, de 17 de agosto de 2010. Por medio de ese documento el exportador declara que tiene conocimiento que  Brasil adhirió a la Convención de la OCDE y que cumple con todas las normas y reglamentaciones en el combate a crímenes contra la administración pública extranjera previstos por el Código Penal Brasileño. Adicionalmente, se compromete a dar divulgación de cualquier acto de que venga a tomar conocimiento en el que se refiere a la práctica de los crímenes allá previstos. El no cumplimiento de la referida reglamentación implica suspensión de apoyo oficial.

Declaración del Financiado

El BNDES exige tres declaraciones del financiado. Una de ellas afirma que el proceso de elección y contratación del exportador atiende a todos los requisitos previstos por la legislación del país del financiado. Esta declaración debe ser confirmada por parecer de abogado autorizado a opinar en consonancia con la legislación del país del financiado.

Los términos de la segunda declaración establecen que el financiado tiene ciencia de que Brasil es signatario de la Convención de la OCDE y de que las conductas de corrupción activa y tráfico de influencia en transacción comercial internacional son crímenes tipificados por el Código Penal Brasileño.

Es exigida aún una tercera declaración del financiado, que afirma que él tiene ciencia de que personas jurídicas, brasileñas o extranjeras, pueden ser responsabilizadas, administrativa y civilmente, en los términos de la Ley n°12.846, del 1º de agosto de 2013, por la práctica de actos lesivos a la administración pública, nacional o extranjera, que atenten contra el patrimonio público, contra los principios de la administración pública o contra compromisos internacionales asumidos por Brasil.

Cláusulas Específicas Anticorrupción en los Contratos del BNDES

Además de las declaraciones descritas anteriormente consta de los contratos de financiaciones del BNDES para concesión de crédito a la exportación cláusula condicionando el desembolso de cada cuota de crédito a la inexistencia de impedimento al apoyo oficial brasileño en virtud de los compromisos asumidos por Brasil como parte de la Convención de la OCDE.

Divulgación de la Convención de la OCDE

Con el objetivo de perfeccionar el proceso de concientización, sensibilización y mejor identificación de acciones para implementación de la Convención de la OCDE, el BNDES disponibiliza, en esta sección de la web, informaciones relacionadas a los términos de la Convención sobre las recomendaciones relativas al combate a la corrupción en transacciones internacionales. La página de la web del BNDES sobre exportación e inserción internacional trae también un enlace para la página de la CGU sobre la Convención de la OCDE .

En ese sitio consta la declaración de la Convención, en el tópico "Disponible texto oficial de la Convención", así como otros enlaces de interés, como la Recomendación Revisada del Consejo de Combate al Soborno en Transacciones Comerciales Internacionales de 1997, la cartilla de la CGU, la lista de países signatarios, los informes resultantes de la evaluación de la primera y segunda fases de implementación de la Convención de la OCDE, de entre otras informaciones.

Encaminamiento de denuncias

La Oidoría del BNDES es el canal institucional responsable por recibir denuncias o cuestionamientos acerca de actos cometidos por funcionarios públicos extranjeros en proyectos financiados por el Banco.

Otras medidas

Ética

La Comisión de Ética en el Sistema BNDES tiene como objetivos, de entre otros:

  • aclarar y juzgar comportamientos con indicios de desvíos éticos;
  • orientar a los empleados de las empresas del Sistema BNDES sobre la conducta ética, incluso en la relación con el ciudadano y en el resguardo del patrimonio público; y
  • recibir denuncias, instaurar procesos para averiguación de hechos y aplicar la penalidad de censura ética a empleados del Banco.

La Comisión de Ética es integrante del Sistema de Gestión de la Ética del Poder Ejecutivo Federal. El BNDES es participante del Foro Nacional de Gestión de la Ética de las Empresas Estatales, que realiza seminarios sobre el tema.

Otra atribución de la Comisión es aplicar el Código de Ética del Sistema BNDES que contempla cuestiones de relación externa al Sistema BNDES en términos de no formar parte con ningún tipo de irregularidad. Los pliegos de concurso público hacen referencia expresa al Código de Ética, para previo conocimiento de los candidatos que desean ingresar en el cuadro de empleados del BNDES.

Investigación Catastral

El BNDES, para el inicio o proseguimiento de la relación de negocio con sus clientes, solicita de estos y de potenciales intervinientes informaciones de catastro que comprenden, entre otros aspectos: los controladores y administradores de las respectivas personas jurídicas; el histórico de relación con la sociedad, incluyendo el Sistema Financiero Nacional, proveedores y órganos de control, así como informaciones que permiten caracterizarlos o no como personas expuestas políticamente (PEP). Las fichas de catastro se encuentran disponibles en este Portal.

En relación a las operaciones de crédito para exportación, el BNDES verifica previamente si el exportador consta de listas públicas de empresas punidas por la Administración Pública, de empresas prohibidas de celebrar contratos con la Administración Pública; así como de listas internacionales, como las de exclusión del Banco Mundial, del Banco Africano para el Desarrollo, del Banco Asiático para el Desarrollo, del Banco Europeo para la Reconstrucción y Desarrollo y del Banco Interamericano para la Reconstrucción y el Desarrollo, entre otras.